Sismo en Venezuela
Los ingenieros Alejandro Giuliano y Carlos Llopiz, socios de la AIE, presentan “Venezuela 24/06/2026: Destrucción y sufrimiento”, un análisis del sismo, sus consecuencias estructurales y humanas en el hermano país, y del estado y aplicación de la normativa sismorresistente en nuestra Argentina.
INTRODUCCIÓN
Hace un tiempo, en la ceremonia inaugural de la Conferencia Mundial de Ingeniería Sísmica que se desarrollara en San Francisco, California, el entonces presidente de la Academia de Ciencias de los EEUU, el Dr. Juan Frank Press, definía con una precisión admirable la naturaleza del problema sísmico.
Decía Press… “Los sismos son un tipo muy especial de fenómeno natural, ya que son eventos muy raros, con poca probabilidad de ocurrencia, pero que sus consecuencias son inconmensurables, en términos de la destrucción y el sufrimiento que provocan”.
La destrucción y el sufrimiento a los que aludía Press, son las características principales de una catástrofe. Sin duda alguna, este es el caso de Venezuela.
El propósito de este trabajo es analizar algunas de las causas principales de este desastre con el fin de evitar que vuelva a ocurrir.
UBICACIÓN, DINÁMICA Y TECTÓNICA DE VENEZUELA
Venezuela se encuentra en el límite de la placa del Caribe y la placa Sudamericana, lo que genera alta actividad sísmica en el norte del país. Ver Figura 1(a).

Figura 1 (a)
La Placa Sudamericana abarca la mayor parte del continente mientras que la Placa del Caribe, se extiende bajo el mar Caribe y el norte del país. Estas placas se desplazan lentamente: la Placa del Caribe hacia el este y la Sudamericana hacia el oeste, acumulando tensión en la corteza terrestre. La interacción lateral de dichas placas genera fallas de transcurrencia donde los bloques se mueven horizontalmente acumulando una energía que se libera en forma de terremoto.
FALLAS PRINCIPALES Y SECUNDARIAS
El territorio venezolano es atravesado por varias fallas activas, siendo las más importantes, ver Figura 1(b):
Falla de BOCONÓ: se extiende unos 500 Km, desde la depresión del Táchira hasta el litoral central, atravesando los Andes venezolanos. Es la principal responsable de muchos terremotos históricos en el occidente del país.
Falla de SAN SEBASTIÁN: recorre la sección central, paralela a la costa, afectando áreas densamente pobladas como Caracas y los estados de Carabobo, Aragua y Miranda.
Falla de EL PILAR: ubicada en el oriente, atraviesa el estado de Sucre y ha generado sismos destructivos en la región.
Además, existen más de 30 fallas secundarias como Oca-Ancon, Valera, La Victoria y Urica que también contribuyen a la actividad sísmica.

Figura 1 (b). Fallas Principales y Secundarias en Venezuela.
RIESGO SÍSMICO Y TERREMOTOS HISTÓRICOS
La interacción de estas placas y fallas ha provocado numerosos terremotos devastadores en Venezuela, incluyendo:
• Terremoto de Caracas de 1812. Magnitud estimada 7,7 con miles de víctimas.
• Sismo de San Narciso de 1900. Magnitud 7,6 – 8,0.
• Terremoto de Caracas de 1967. Magnitud 6,7 (se estima más de 300 muertos). Ver Figura 2.
• Terremoto de Cariaco de 1997. Magnitud 7,0.
• Recientes terremotos en junio de 2026 (doblete). Magnitudes 7,2 y 7,5, epicentro en Yaracuy, asociado al límite Caribe-Sudamericana. Ver Figura 3.
Figura 2 (a) y (b). Caracas 1967. Colapsos.
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Figura 3 (a) y (b). Caracas 2026. Colapsos. Casi 60 años después de 1967.
Aproximadamente el 80 % de la población venezolana vive en zonas de alto peligro sísmico, especialmente en el norte donde se concentra la falla.
En resumen, la geología de Venezuela, marcada por la interacción de la placa del caribe y la Sudamericana, junto con un sistema complejo de fallas activas, explica la alta frecuencia y elevada agitación sísmica de los terremotos en este país. El monitoreo sísmico, la planificación urbana y la construcción sismorresistente, son esenciales para reducir riesgos y proteger a la población frente a futuros eventos.
El peligro sísmico asociado al complejo y activo mecanismo de fallas, ha puesto de manifiesto, una vez más, con estos últimos eventos, la vulnerabilidad de las construcciones en Venezuela elevando el riesgo sísmico a niveles inaceptables.
REGLAMENTOS SISMORRESISTENTES
Los reglamentos sismorresistentes brindan guías y requerimientos mínimos que resulten en una adecuada estructura sismorresistente. Por adecuada se entiende una estructura que puede dañarse, incluso fuertemente después de un sismo destructivo, sin colapsar. El colapso, parcial o total, puede producir pérdidas de vidas además de un gran impacto económico negativo constituyéndose en una catástrofe.
Suele decirse que los sismos no matan, lo que mata es la interacción de los sismos con las estructuras vulnerables realizadas por el hombre. Esta aseveración admite dos lecturas, una pesimista ya que somos nosotros los humanos los responsables de los desastres símicos, y otra optimista a la que invitamos a todos a adherir, la cual interpreta nuestra responsabilidad en la solución de parte del problema sísmico (evitar/minimizar pérdidas de vidas).
Es importante tener presente que por lejos, la mejor forma de evitar (prevención) que los terremotos devengan en catástrofes es diseñar, construir y mantener las estructuras cumpliendo estrictamente con las prescripciones sísmicas presentes en un reglamento moderno. Para ello, es necesaria la obligatoriedad legal del uso del reglamento, el control (por parte de terceros) del diseño para asegurarse que está de acuerdo a lo prescripto por el reglamento y el control en obra capaz de asegurar la correcta materialización de lo proyectado.
La población venezolana se encuentra fuertemente concentrada en zonas de los sistemas de fallas descriptas. Si los diseños y las construcciones no son las adecuadas, los potenciales niveles de vulnerabilidad de los centros poblados crecen a niveles impredecibles.
Como ejemplo de ello, hace casi 60 años, se debe recordar el terremoto ocurrido en Caracas en 1967, el cual resultó en graves daños como consecuencia del colapso de muchas construcciones ubicadas al norte de dicha ciudad.
Este terremoto, y sus efectos, fueron determinantes en su momento, de los cambios producidos a nivel mundial en la ingeniería sísmica, y que luego se complementaron con los análisis de los daños ocurridos durante el terremoto de San Fernando del año 1971 en California.
Al momento de la redacción de este texto, las cifras oficiales atribuyen a los acontecimientos de junio de 2026 un saldo de 4.000 personas fallecidas. No obstante, un análisis llevado a cabo a partir de imágenes satelitales sugiere que el número de edificios colapsados fue considerablemente superior al informado inicialmente, lo que podría traducirse en una cifra de víctimas fatales más de doce veces mayor respecto de la oficial, además de más de 30.000 personas desaparecidas.
A partir de un reconocimiento preliminar de las estructuras afectadas, se observa que el mecanismo de colapso predominante es el denominado tipo «panqueque» (pancake collapse). En este tipo de fallas las losas caen una sobre la otra, lo que induce a pensar que la falla interna en las estructuras involucra a los soportes verticales o columnas.
En vista de ello, es necesario preguntarse cuáles son las normas vigentes en Venezuela, si es obligatorio su uso, si las mismas se encuentran actualizadas y si se controla su aplicación a nivel de diseño y construcción.
Antes del terremoto de 1967, las normas vigentes no eran demasiado estrictas, tenían obsolescencia y no era necesario ejecutar un diseño sísmico.
Debido a los efectos provocados por el terremoto de Caracas del año 1967, se actualizaron las normas volviéndose más estrictas, con la intención de hacer obligatorio su uso. En esos momentos aparecía el documento ATC 3-06 responsable de definir el rumbo en la historia reglamentaria mundial.
El reglamento de Venezuela tuvo una nueva actualización en el año 2001 y su última versión en el 2019. Se establecieron los criterios para el diseño sismorresistente de edificaciones que incluyen la zonificación sísmica del país, la clasificación del suelo para edificaciones, métodos de análisis y verificación estructural.
Actualmente, la norma vigente en Venezuela es la COVENIN (Comisión Venezolana de Normas Industriales) 1756 que reemplaza totalmente a la versión anterior del 2001. La misma fue redactada por una comisión designada por la Fundación Venezolana de Investigaciones Sismológicas, FUNVISIS. Esta versión introduce cambios radicales de importancia, tipos estructurales más detallados, y establece tres estados de desempeño sísmico: sismo frecuente, sismo de diseño y sismo extremo. Además, se incorporan parámetros para la generación del espectro sísmico, como la clase de sitio, topografía y profundidad del basamento, siguiendo líneas de normativas internacionales modernas como la ASCE 7 y el Eurocódigo. Incluso en su capítulo 13 refiere a la necesidad de instrumentar ciertas edificaciones (concepto innovador) para conocer su respuesta ante acciones sísmicas (aspecto coordinado por la FUNVISIS).
En resumen, puede afirmarse que la última versión de las normas sísmicas actualmente vigentes en Venezuela, siguen al estado del arte y su aplicación permite diseñar y construir estructuras sismorresistentes capaces de asegurar diversos objetivos de desempeño.
Actualmente, la situación de las construcciones en Venezuela con respecto al cumplimiento de las normas, es realmente inquietante; un gran porcentaje de la edificación es antigua y las construidas de manera informal (sin control técnico) no cumplen con las normativas vigentes, actualizadas y complementadas en el año 2019. La falta de supervisión profesional, errores de diseño, inadecuada calidad de los materiales, incrementa la vulnerabilidad de las edificaciones ante la ocurrencia de sismos con alto potencial destructivo.
SITUACIÓN EN ARGENTINA
Argentina tiene un problema adicional: al igual que en los EEUU, su sistema político es federal. Este régimen hace que las provincias y municipios sean Estados, y consecuentemente, independientes para no adoptar ciertas políticas, sean con el gobierno provincial, o con el gobierno Nacional. En la práctica implica que no es obligación para las obras públicas de las provincias y municipios su adhesión a la reglamentación nacional.

Figura 4. Zonificación Sísmica en Argentina. IC-103-Parte I-2013.
Esto hace que no sea obligatorio cumplimentar con los últimos reglamentos vigentes de diseño sismorresistente para las estructuras nuevas, incluyendo el análisis del stock de construcciones existentes, potencialmente muy vulnerables. Conspira con la adopción de una política general, a nivel país, de gestión del riesgo.
En Argentina se presenta una situación muy particular: las zonas de mayor amenaza sísmica están situadas lejos de la Capital Federal.
De los (aproximadamente) 2.800.000 Km2 de superficie continental, las zonas 3 y 4, según Reglamento actual vigente (IC-103-Parte I- 2018), abarcan casi 300.000 Km2, es decir casi un 10 % de esa superficie total.
La zona 2, calificada como moderada, ocupa aproximadamente, 500.000 Km2, es decir un 18 % del total.
Las zonas 0 y 1 (donde se ubica Buenos Aires y la Capital Federal), ocupan el 78 % restante, calificadas como muy reducida y reducida, respectivamente.
No coincide, por ejemplo, con la situación en Chile donde Santiago, su capital, permanece asentada sobre una zona de alta peligrosidad sísmica.
En nuestro país, INTI y CIRSOC, junto con el INPRES, han emitido y logrado aprobar a nivel nacional reglamentos para estructuras de hormigón armado con versiones 1991, 2005 y la última y vigente, 2021, Ver Figura 5.
Como en Venezuela, y en otros países (Chile es una excepción), si bien los reglamentos se han actualizado, su exigencia, y por lo tanto su aplicación, es sumamente limitada. Existen provincias y municipios que a la fecha aceptan cualquiera de las versiones mencionadas. No hace falta entrar en detalle sobre la situación caótica resultante. Pasaban casi 15 años entre cada versión. Unos 30 años entre 2021 y 1991. Unos 35 años entre 2026 y 1991.
A la luz de los terremotos ocurridos en todo el mundo, y las lecciones que se deberían haber aprendido, las cuales en su mayoría se van instrumentando en los Reglamentos cuya actualización se concreta, se deja al lector la posibilidad de extraer sus propias conclusiones a partir de la evidencia presentada.
Figura 5. Reglamentos de Hormigón Armado desarrollados por INPRES-CIRSOC en Argentina y aprobados a nivel nacional.
Por un lado, es necesario concientizar al gobierno federal y a los gobiernos provinciales y municipales de las consecuencias graves ante las cuales se expone a la población. En tal sentido, el gobierno federal debería exigir el total cumplimiento de los Reglamentos que ha aprobado, y sólo en sus versiones más actualizadas. Los reglamentos que se redactan pero no se aplican no solo resultan inútiles, sino que además generan una falsa sensación de seguridad. Su sola existencia lleva a creer que la población se encuentra adecuadamente protegida, cuando la realidad puede ser muy diferente. Como quedó dramáticamente demostrado en Venezuela, esa percepción dista mucho de reflejar las verdaderas condiciones de seguridad.
Por otro lado, dada la independencia y por ende libertad, que tienen las provincias, y cada municipalidad en particular, deberían, en forma urgente, poner en vigencia únicamente las últimas versiones de los Reglamentos aprobados. La inacción nacional no debería utilizarse como pretexto para no exigir los códigos de construcción más recientes. Cada profesional debería ser respetuoso de su responsabilidad. Los colegios y consejos profesionales deberían, además de sus tareas administrativas, ser artífices del cumplimiento de las obligaciones de sus profesionales integrantes. Las notas y las declaraciones no son suficientes. Eso es, precisamente, lo que la sociedad espera de nosotros.
CONCLUSIONES
• Venezuela tiene zonas altamente sísmicas, como la Guaira y Caracas, que deben ser objeto de exigencia del diseño y construcción sismorresistente.
• El hecho de la ausencia de una política de prevención sísmica llevada adelante por el gobierno nacional y compartida con el pueblo venezolano, muestra una inquietante falta de cultura sísmica en Venezuela.
• Prueba tangible de ello es que luego del terremoto del año 1967 no se hayan tomado medidas de fondo, manteniéndose el estatus quo.
• Si se quieren evitar catástrofes futuras, es imperioso avanzar rápidamente en la cultura sísmica de la población, la aplicación de las normas sismorresistentes y el control de su aplicación.
• Tener siempre presente que los desastres generan pobreza, y a su vez, ella genera desastres.
• En nuestro país, Mendoza y San Juan fueron destruidas por sendos terremotos en los años 1861 y 1944 respectivamente. ¿Vamos a esperar otra tragedia en suelo propio para reaccionar?
• Argentina debería -en forma urgente- ser consciente de su situación. Son los profesionales quienes, en virtud de las responsabilidades inherentes a su ejercicio, deben asumir el papel de principales impulsores de la exigencia y el cumplimiento de los reglamentos. No corresponde trasladar esa responsabilidad a terceros. El deber es nuestro.
































